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¿Transferencia de un tribunal a otro?


En el blog de hoy vamos a estar tratando un tema un poco técnico pero que es necesario que los clientes entiendan: venue o sede procesal; o para hacerlo más simple: ¿qué tribunal puede conocer mi proceso?


Hay una diferencia entre sede o venue y jurisdicción. La jurisdicción es el poder y/o autoridad que tiene un tribunal para conocer de un proceso; la sede o venue es la posibilidad de ser escuchado en una locación en particular.


La sede o venue es la corte del lugar geográfico, donde se escuchará su proceso. La persona que presenta la demanda, o demandante es quien elige dónde presentar la misma. Generalmente los demandantes escogerán la corte que se encuentre más cerca a su domicilio, sin embargo, esta no siempre es la corte indicada para escuchar el proceso.


La demanda deberá presentarse en el condado donde reside el demandado, donde la acción que conlleva a la demanda se originó, o donde se encuentra la propiedad objeto de litigación. Como había explicado anteriormente, en ocasiones el demandante presenta la demanda en el tribunal que queda más cerca de su domicilio, sin tener en cuenta, que el demandado reside en un condado diferente. Quizás el demandante presenta la demanda en el condado donde él reside, y la acción que es objeto de la demanda, se realizó en un condado diferente; o quizás el caso es sobre una vivienda, y el demandante presentó la demanda en un condado diferente a donde se encuentra ubicado el inmueble.


En estos casos, una vez que el demandado recibe la demanda, podrá disputar la sede o venue, alegando cualquiera de las excepciones anteriores: lugar de residencia, acción o inmueble en diferente condado. Para poder disputar la sede o venue, el demandado deberá hacerlo antes de contestar la demanda, o en el momento de contestarla, ya que, si no lo hace en estos dos momentos procesales, pudiera perder el chance de hacerlo.


Una vez presentada la moción de cambio de sede, o transferencia de un tribunal a otro, la corte deberá tomar una decisión al respecto. Si la corte decide que la sede será transferida a otro tribunal, es obligación del demandante comenzar nuevamente el proceso, en el tribunal pertinente.


Finalmente, la sede o venue pudiera ser cambiada si por conveniencia de las partes, o de los testigos, o en interés de la justicia, sería más prudente que otro tribunal conociera del caso.


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