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¿En qué consiste la anulación de un matrimonio?



Varios de mis clientes me han preguntado sobre la posibilidad de anular un matrimonio. Ya sea por motivos religiosos, o por otras razones, algunas personas ven más factible la posibilidad de anular del matrimonio en lugar de divorciarse. ¿Pero en qué consiste la anulación del matrimonio? En el blog de hoy les vamos a explicar. Las explicaciones que vamos a estar dando en este blog constituyen la ley actual del Estado de la Florida. Las leyes con respecto a los casos de familia pueden variar en cada Estado, por lo que es recomendable que contacte a un abogado de su estado para más información. Anular algo es declarar que nunca existió. Cuando se pretende anular un matrimonio, se está tratando de revertir el proceso, declarando que nunca existió porque nunca fue válido. Si las partes logran anular el vínculo conyugal, pues regresan al estado que tenían antes de contraer matrimonio. Una aclaración que necesito hacer: la anulación en materia civil es completamente diferente a la anulación en materia religiosa. Si usted desea recibir una anulación en materia religiosa, deberá acudir a su centro religioso más cercano e indagar sobre cuál es el procedimiento. Las explicaciones que se dan en este blog son sólo pertinentes a casos civiles. Para que la corte declare que un matrimonio es nulo, es necesario poder demostrar lo siguiente:

  • Que el matrimonio es nulo porque en el momento de perfeccionamiento, una de las partes no contaba con la capacidad legal necesaria para realizar el acto de contraer nupcias. Esto quiere decir, que si por alguna razón, una de las partes no se encontraba en control de todas sus capacidades en el momento en que se contrajo matrimonio, el matrimonio no es válido.

  • Que el matrimonio es nulo porque uno de los cónyuges mintió, hizo fraude o utilizó actos fraudulentos que indujeron al otro a contraer matrimonio. Este fraude debe estar encaminado al acto de contraer matrimonio y formalizar la unión. El simple hecho de que un cónyuge le mintiera a otro respecto a cuánto dinero tenía, o que tan apegado era a su familia, no califica como fraude para anular la relación matrimonial.

  • Que el matrimonio es nulo porque uno o ambas partes eran menores de edad y no se cumplieron las formalidades correspondientes para celebrar un matrimonio entre menores.

  • Que el matrimonio es nulo porque una o ambas partes contrajeron nupcias bajo amenaza o coerción. Se va a hacer necesario probar en qué consiste esa amenaza o coerción y de qué manera fue ejercida.

  • Que el matrimonio es nulo porque uno de los cónyuges es incapaz de consumar el matrimonio (entiéndase actos sexuales) porque es impotente, y el otro cónyuge no conocía de esto antes de contraer nupcias.

  • Que el matrimonio es nulo porque una de las partes ya se encuentra casada (bigamia)

  • Que el matrimonio es nulo porque los cónyuges están relacionados entre sí (incesto)

  • Que el matrimonio es nulo porque los cónyuges contrajeron nupcias en broma, sin la intención de formalizar la unión.

No es necesario probar todos estos requisitos al mismo tiempo, con la existencia de uno, será posible anular el matrimonio. En la Florida se presume que todos los matrimonios que se celebran son válidos, por lo tanto probar que un matrimonio es nulo, requerirá que usted someta pruebas suficientes para demostrar que las nupcias no fueron válidas. Si la otra parte no está de acuerdo, y contesta negando, pudiera reconvenir con un proceso de divorcio, y si no se cuentan con las pruebas suficientes, lo más probable es que el juez otorgue el divorcio en lugar de anular el matrimonio. Si está pensando en anular su matrimonio, contáctenos. En Y. Morejon Attorney, P.A. podemos ayudarte. Hemos trabajado diversos casos de familia y contamos con la experiencia y el conocimiento necesario para ayudarle con su proceso. La primera consulta es gratis. Llámenos hoy. En Y. Morejon Attorney, P.A. su problema, es nuestro problema.


Aviso Legal Cualquier información proporcionada por el abogado o el bufete de abogados es solo para fines educativos, así como para brindarle información y comprensión generales de la ley, NO para brindarle consejos legales específicos. Esto NO crea una relación abogado-cliente entre usted y Y. Morejon Attorney, P.A. Esta información NO debe utilizarse como sustituto del asesoramiento legal competente de un abogado profesional autorizado en su estado.

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