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Aclarando la información sobre las entrevistas para las visas de inmigrantes.


En el blog de hoy vamos a estar explicando y aclarando cierta información que circuló en las redes sociales en las últimas semanas, con respecto a las visas de inmigrantes y el requerimiento de entrevista.


A finales del año pasado, un periodista de una famosa cadena de noticias de habla hispana en los Estados Unidos, realizó un reportaje donde explicaba una nueva medida adoptada por el Departamento de Estado con respecto a las entrevistas de los aplicantes a las visas de inmigrantes. En el reportaje, se entrevistaba a un abogado de inmigración, y se explicaba que, a partir del 13 de diciembre del 2021, los aplicantes a visas de inmigrantes no tendrían que asistir a la entrevista en el consulado de su país, y que su visa sería aprobada sin necesidad de entrevista. La información dada en este video, si bien no es falsa, si está incompleta y da a entender que el procedimiento para la obtención de su visa de inmigrante ha cambiado, cuando en realidad no es así.


Muchos de mis clientes llamaron a la oficina, emocionados, después de tantos meses de espera, pues esto podría suponer un adelanto para su caso. Sin embargo, la letra de la nueva medida no corresponde con la explicación dada en el reportaje.


El 13 de diciembre del 2021 el Departamento de Estado proclamó una nueva regla que permite que, a partir de esta fecha, y por veinticuatro (24) meses, a discreción de la embajada u oficina consular, ciertos aplicantes de visas de inmigrantes podrán obtener su visa, sin la necesidad de asistir a una entrevista.


Los consulados, podrán, a su discreción, no realizarle la entrevista a aquellos aplicantes que se le haya entregado una visa después del 4 de agosto del 2019, a los inmigrantes que estén aplicando a una visa de inmigrante en la misma clasificación y basados en la misma petición de la visa anterior; a los aplicantes en la misma clasificación de la visa anterior pero que se convierta debido a la muerte o la naturalización del peticionario; y/o a aquellos aplicantes que su elegibilidad no ha cambiado.


Como puede apreciarse, esta medida está encaminada a conservar los recursos de las embajadas y los consulados, pero solo para aquellos aplicantes que ya hayan realizado una entrevista, y que tengan una visa aprobada, pero que esta se haya vencido y no haya podido ser utilizada. Esta regla no es aplicable a los inmigrantes cuyas peticiones familiares han sido aprobadas, pero aún están pendientes de la cita de la entrevista, o aquellos aplicantes que no hayan asistido a una entrevista anteriormente. Para estos aplicantes el proceso continúa siendo el mismo. Para más información sobre cómo funciona el proceso, puede visitar nuestro blog y nuestro canal de YouTube.


Desafortunadamente, las embajadas y consulados de los Estados Unidos alrededor del mundo se encuentran atrasados con respecto a las citas de las entrevistas, debido al cierre de los mismos durante los primeros meses de la pandemia, y dado que están trabajando con personal limitado.


Si necesita ayuda con su caso de inmigración, no dude en llamarnos. La experiencia de los abogados en Y. Morejon Attorney, P.A. en temas migratorios, pudiera ser de gran beneficio para resolver su caso. La primera consulta es gratis. En Y. Morejon Attorney, P.A. su problema, es nuestro problema.



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Cualquier información proporcionada por el abogado o el bufete de abogados es solo para fines educativos, así como para brindarle información y comprensión generales de la ley, NO para brindarle consejos legales específicos. Esto NO crea una relación abogado-cliente entre usted y Y. Morejon Attorney, P.A. Esta información NO debe utilizarse como sustituto del asesoramiento legal competente de un abogado profesional autorizado en su estado.


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